MUFACE. Extensió del dret d’exempció de l’IRPF per maternitat i paternitat

La Agencia Tributaria ofrecerá información precisa y detallada para aplicar esta medida y solicitar las correspondientes devoluciones.

Comunicat MUFACE.

Los funcionarios podrán reclamar las cantidades retenidas

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy extender a los funcionarios adscritos al mutualismo administrativo el derecho a la devolución de las cantidades retenidas en concepto de IRPF por las prestaciones de maternidad y paternidad. La medida, que afecta al colectivo de funcionarios adscritos a las tres mutualidades administrativas (MUFACE, ISFAS y MUGEJU), ha sido incorporada al Real Decreto-ley sobre medidas en materia tributaria y catastral aprobado por el Gobierno.

Origen de la decisión

Una sentencia del Tribunal Supremo determinó el pasado 3 de octubre que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento o adopción de un hijo, están exentas del IRPF. La Dirección General de Tributos interpretó que la sentencia debe extenderse también a las prestaciones de paternidad.

En cumplimiento de esta sentencia, el Ministerio de Hacienda ha diseñado un proceso ágil que facilitará la devolución a los padres y madres que hubieran tributado en IRPF por las prestaciones recibidas en los años no prescritos.

Se extiende la medida a los funcionarios de MUFACE, ISFAS y MUGEJU

La sentencia del Tribunal Supremo no afectaba a los permisos de maternidad y paternidad de las funcionarias y funcionarios adscritos al mutualismo administrativo (MUFACE, ISFAS y MUGEJU) porque, en sus casos, los padres y madres no reciben una prestación sino que siguen percibiendo sus habituales retribuciones directamente de sus respectivos centros de durante el permiso de maternidad y paternidad con la correspondiente retención por IRPF.

Que en la misma situación unos trabajadores pagaran IRPF y otros no generaba una discriminación difícilmente justificable. La medida aprobada hoy por el Consejo de Ministros evita tal discriminación e incluye a este colectivo de funcionarios y funcionarias, que también queda exento de retenciones durante sus bajas de maternidad y paternidad y podrá solicitar la devolución del IRPF tributado en dichos permisos.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (www.aeat.es) ofrecerá información precisa y detallada para aplicar esta medida y solicitar las correspondientes devoluciones.